LINEAMIENTOS DE PROTECCIÓN COVID 19
Con motivo de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19 declarada en la resolución 385 del 2020 por el Ministerio de Salud y Protección Social y la circular 029 del Ministerio de Trabajo nos vemos en la obligación de adoptar medidas preventivas y protocolos en nuestra empresa con el fin de salvaguardar la salud del personal y nuestra clientela:
- Todo trabajo, cotización o procedimiento que pueda ser realizado de manera virtual se deberá hacer.
- Todo personal o clientes que tengan condiciones de comorbilidad o familiares con los cuales convivan con la misma deben informarlo oportunamente a la empresa.
- Los empleados deben informar oportunamente si presentan síntomas de COVID-19 tales como tos seca, fiebre, dificultad para respirar, sensación de cansancio, diarrea, dolor de cabeza, de garganta,
- Se debe procurar un distanciamiento entre trabajadores o entre estos con la clientela de mínimo un metro.
- Se debe realizar desinfección del lugar de trabajo con hipoclorito al 5% de uso comercial al menos 2 veces al día
- El uso de tapabocas, guantes y careta es obligatorio en todo momento. Tanto en el lugar de trabajo como en la instalación del mobiliario.
- El lavado de manos y la desinfección de implementos como herramientas, computadores, celulares, entre otros deberá hacerse cada 3 horas.
- La empresa debe suplir los implementos necesarios para la protección de salud del personal
- Se deben cumplir todos los requisitos dispuestos por el ministerio de trabajo que no estén contemplados en este documento.